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1. Historia de las Instituciones y de los hechos sociales.Puede decirse que la reforma que, en 1954, definió, en la Universidad francesa, la historia general del Derecho como «Historia de las instituciones y de los hechos sociales» aceptó un planteamiento, más que acertó con una resolución, de un problema: el del progresivo distanciamiento de diversas especialidades historiográficas -institucional, económica, social-.«Con este enfoque -señalaba Martínez Gijón al reseñar los manuales que siguieron a dicha reforma, en Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid, 1958, p. 419-, la Historia de las Instituciones tiene por finalidad describir la evolución de las reglas y de las estructuras jurídicas en relación con el contenido económico y social... se preocupa de los fenómenos jurídicos más en su esencia que en su manifestación técnica y normativa».No interesa ahora tanto lamentar el hecho de que dicho planteamiento pudiese derivar hacia una escasa valoración de la historia del Derecho en cuanto especialidad académicamente definida -derivación salvada en dicha reforma por la presencia de materias estrictamente histórico-jurídicas en los cursos superiores-, como replantear, de nuevo, esta cuestión referente a la relación que haya de mediar entre «historia de las instituciones» -historia jurídica-e «historia de los hechos sociales» -historia social-, relación cuya entidad hubiera de presumirse al ser decretada la articulación de ambas especialidades.Quiero, tan sólo, desarrollar una argumentación y no, en esta ocasión, catalogar unos materiales; prescindo, por ello, de notas cuyo aparato, no siendo de por sí garantía de ponderación, puede en todo caso ser localizado sin dificultad en las conocidas publicaciones a las que el texto ha de remitirse.2. Historia social, adjetiva o sustantiva.¿De qué «historia social» ha de tratarse?Existe una tradicional «historia social» que constituye no tanto una especialidad como una posible orientación de las restantes especialidades -«historia social y política...», «historia económica y social...»-; en esta línea puede situarse la tendencia de la historia del Derecho que se presenta a sí misma como historia de las «instituciones sociales», desde Pérez Pujol a Ots Capdequí pasando por el título que los traduc-241• Las notas expuestas en este apartado y en el situado en sexto lugar se basan en estudios que pudieron realizarse, durante el primer semestre del año 1973, gracias a una beca de la Fundación Juan March.
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