No open-access location is known for this record yet.
No open-access location is known for this record yet.
El ámbito laboral ha sufrido el embate de las nuevas tecnologías.Su introducción en el mundo laboral ha transformado, en profundidad, la realidad productiva: la utilización del correo electrónico, el acceso a Internet, la utilización sindical de intranet, la aceptación de la firma electrónica como modo de contraer obligaciones contractuales y de finalizarlas (la dimisión electrónica), el tratamiento automatizado de datos e informaciones relativas al trabajador, la aplicación de las nuevas tecnologías en la vigilancia y control de la prestación laboral, el teletrabajo, son algunas de las manifestaciones de la generalización de las nuevas tecnologías en la empresa.La irrupción de la tecnología informática ha, por tanto, revolucionado el mundo laboral, transformando en profundidad la organización del trabajo, fundamentalmente, sobre dos de sus facetas más destacadas, el proceso de producción y la gestión empresarial.La actividad productiva se ha visto enormemente facilitada y agilizada, pero estas indudables ventajas no han evitado que la implantación generalizada de las nuevas técnicas, particularmente, en los sistemas de gestión del personal hayan puesto de relieve su potencial lesividad para la esfera de los derechos fundamentales de la persona y, en concreto, para algunos de los aspectos más vulnerables de la personalidad: la dignidad e intimidad del trabajador.La aplicación de la informática a la gestión del personal somete a duro examen la capacidad del ordenamiento jurídico para responder a los nuevos interrogantes que se plantean puesto que, en esta situación, es el Derecho el llamado LAN HARREMANAK (2003) 157158159160161162163164165166167168169170171172173
Loading…
Stored only when both papers are in the corpus — 5 citations exist upstream.
Imported from OpenAlex (CC0) — nothing here is generated.