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CONSIDERACIONES PREVIAS: ¿POR QUÉ LA COOPERACIÓN EN EL ÁMBITO DEL DESARROLLO INSTITUCIONAL?La mera lectura de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación al Desarrollo (Ley española de Cooperación al Desarrollo en lo sucesivo), es suficiente para responder a este interrogante.En los principios de la política española de cooperación internacional para el desarrollo [artículo 2.b)], en los objetivos de esta política [artículo 3.a) y d)], en la definición de las prioridades sectoriales [artículo 7.d)] y de la cooperación técnica (artículo 10) y, en fin, en la descripción de la ayuda humanitaria como instrumento esa misma política (artículo 12) encontramos referencias a la defensa y promoción de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, a la promoción de la estabilidad y de la participación democrática, al fortalecimiento de la estructura democrática y a las actuaciones de rehabilitación institucional.Basta comparar estos enunciados con la dimensión economicista que inspiraba el artículo 7 del Real Decreto-Ley 16/1976, de 24 de agosto, precepto que creó el Fondo de Ayuda al Desarrollo, para comprender el notable giro que han experimentado las concepciones sobre el contenido y los fines de la cooperación internacional para el desarrollo y que tan bien refleja la Ley española de Cooperación al Desarrollo.El giro se empezó a percibir en España a mediados de los años ochenta, cuando el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de diciembre de 1987, por el que se aprobaron las líneas directrices de la política española para la cooperación al desarrollo, que incluyó el desarrollo institucional entre los sectores prioritarios de acción intensiva.Ello es así porque, como se ve muy bien en la "Declaración sobre la cooperación para el desarrollo en los años 90" del Comité de Ayuda ai Desarrollo de la Organization for Economic Co-operation and Development (O.C.D.E.), que vino a su vez a teorizar los cambios profundos experimentados, en aquel momento, en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo, se ha pasado de una concepción meramente económica a otra noción mucho más rica y compleja, en la que el fin último de lucha contra la pobreza se ve JAVIER GARCÍA FERNANDEZ I 239 recubierto por un conjunto de medios y de instrumentos de carácter institucional (o mejor dicho, institucional-democrático), que se justifican a partir de una idea central: sin instituciones democráticas y participativas que respeten y fomenten los derechos fundamentales y las libertades públicas, la pobreza no se puede erradicar sino, a lo sumo, paliar muy transitoriamente.Ese cambio no fue casual.A finales de la década de los ochenta entraron en crisis, casi simultáneamente, las dictaduras militares que predominaban en Iberoamérica y las dictaduras comunistas de Europa central y oriental.Y, sin entrar en una crisis generalizada, también se observó cómo empezaban a debilitarse los fundamentos de los regímenes autoritarios africanos, tai y como se evidenció en la cumbre franco-africana de La Baule, en julio de 1991, especialmente en el discurso del Presidente Mitterrand.A finales de la década de los ochenta, los regímenes autoritarios de Europa, Iberoamérica y África pierden la cobertura que habían recibido de una parte de la comunidad internacional y se abre paso la idea de que la pobreza y el subdesarrollo, que iban enlazados a la ausencia de democracia, no se pueden superar sin una transformación de las instituciones políticas, que asegure una gestión pública más participativa y más eficaz.E, inmediatamente, emerge la noción de gobernabilidad, como paradigma de buenas prácticas en la gestión de los asuntos públicos.Un paso modesto, pero muy significativo fue, primero en Europa central y oriental y luego en Iberoamérica y en África, la asistencia internacional para la celebración de las primeras elecciones democráticas, tanto en la formación del personal, que había de nutrir las Administraciones electorales (caso de Europa central y oriental), como en el despliegue de observadores electorales internacionales (en Iberoamérica y en África).Lo cierto es que, a mediados de la década de los noventa, ya se ha generalizado, tanto en el ámbito multilateral como en el bilateral, una idea básica-, la asistencia técnica institucional y el refuerzo de formación en el campo de la reforma del Estado y de la prácticas de buen gobierno constituyen un prius de la lucha contra la pobreza, expresada en la asistencia para las necesidades sociales básicas, en la inversión en el ser humano o en la promoción del tejido económico.Otro tanto puede decirse, aunque en este caso es a posteriori, en la cooperación como consecuencia de la finalización de los conflictos bélicos.Así lo expresó la declaración titulada "La visión parlamentaria de la cooperación internacional al amanecer del siglo xxi", que adoptó el Consejo de la Unión Interparlamentaria, en su sesión especial de Nueva York en 1995.
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